Hijo puede desalojar a padre que le otorgó inmueble en anticipo de legítima.

04.03.2014 00:01

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Juan y Rosa, como ex cónyuges, decidieron otorgar la propiedad de un inmueble a su hijo menor de edad. Sin embargo, como Juan seguía poseyendo el predio, su hijo, representado por su madre, lo demanda por desalojo por precario y la Corte Suprema le dio la razón. 

 
Así ocurrió en Cas. N° 5349-2011-Moquegua y fue la Sala Civil Permanente quien resolvió no considerar a la patria potestad como justo título, así no estuviera suspendida. 
 
La madre alegaba que su ex esposo tenía en el predio un negocio de ferretería junto con su actual pareja; y en contraparte, el padre se defendía con el usufructo legal del bien de su hijo. 
 
Otro dato consiste en que la escritura pública de anticipo de legítima tenía una cláusula específica: “la administración de la propiedad será asumida por sus señores padres hasta que alcance la mayoría de edad”. Con respecto a esa indicación y del usufructo legal, la Sala Suprema estableció que lo que se busca es el bienestar de la familia y no el de uno solo de sus integrantes.